GETXO BONO 2025
Del 4 de abril al 31 de diciembre de 2025
Con el objetivo de incentivar las compras y el consumo en los pequeños comercios locales y de servicios, el Ayuntamiento realiza la segunda edición de ‘Getxo Bono 2025’.
Los negocios susceptibles de adhesión son:
- Establecimientos comerciales.
- Servicios personales y otros servicios (lavanderías y tintorerías, reparaciones, peluquerías –sólo venta de producto-, salones de belleza-sólo venta de producto-, arreglos de ropa, estancos, farmacias y ópticas).
- Ocio (Empresas de ocio deportivo y turísticas, que desarrollan su actividad habitualmente en el municipio).
Las NUEVAS características de ‘Getxo Bono 2025’ son:
Este año habrá un periodo previo al canje de los bonos por l@s client@s en las 2 campañas de GetxoBono.
En ese periodo lo que deberá hacer la clientela es activar su derecho al canje de bonos, haciendo una compra igual o superior a 20€. Lo podrá hacer en cualquier negocio adherido a Getxo Bono 2025. Y deberá hacerlo en cada una de las dos campañas.
Durante este año se realizarán dos campañas de GetxoBono:
Primer periodo:
- Activación de bonos : del 27 de mayo al 14 de junio.
- Canje de bonos: del 17 de junio hasta agotarse los bonos.
Segundo periodo:
- Activación de bonos: del 19 de septiembre al 8 de octubre.
- Canje de bonos: del 10 de octubre hasta agotarse los bonos.
Las principales características de la campaña son:
- Los bonos descuento se aplican directamente, a través de una aplicación móvil, cuando el/la client@ realiza la compra o consumo.
- Hay dos tipos de bonos descuento:
- De 5€ de descuento por compras superiores a 20€.
- De 10€ de descuento por compras superiores a 40€.
- Cada persona (mayor de 16 años) puede beneficiarse de un máximo de 3 bonos de cada uno de los dos importes, por tanto, de 6 bonos en uno o varios establecimientos adheridos y se admite hasta un máximo de 4 bonos, en una misma compra o consumo.
- Se establece un techo máximo de bonos a canjear por establecimiento en función del número del total de establecimientos adheridos, pero el número máximo de bonos a canjear por establecimiento no supone la asignación de esos bonos para cada establecimiento.
- Se han establecido una serie de condiciones de uso de los bonos para los siguientes sectores de actividad:
- Peluquerías y centros de estética: solo será aplicable a productos. En ningún caso se podrán canjear bonos en los servicios que se presten.
- Estancos: no aplicable a tabaco.
- Ópticas: no aplicable a pedidos previos al inicio de la campaña, se debe registrar la operación de gasto y pago en las fechas de la campaña.
- Farmacias: no aplicable a medicamentos. Será obligatorio aportar factura simplificada de la venta independiente de compra de medicamentos.
- Alimentación: quedan excluidas las grandes superficies.
Con esta adhesión se podrá participar en ambas campañas de GetxoBono 2025.