Bonos Bizkaia Repara
30 de octubre del 1014 al 10 de marzo de 2025
Beneficiari@s:
Podrán adherirse a la campaña “Bizkaia Repara” los establecimientos que dispongan de domicilio fiscal en Bizkaia y estén incluidos en los siguientes epígrafes de IAE:
- 691.9 Reparación de otros bienes de consumo.
- 691.1 Reparación de artículos eléctricos para el hogar.
- 1/699 Otras reparaciones.
- 971.3 Zurcido y reparación de ropa
Se aceptarán también los establecimientos que se den de alta en alguno de estos epígrafes durante el plazo de inscripción del Bono (hasta el 14/11/2024).
Servicios de reparación:
Los servicios de reparación que se pueden ofertar dentro de esta campaña son los siguientes:
- Reparación de textil y complementos
- Reparación de calzado y artículos de cuero
- Reparación de muebles y artículos de menaje
- Reparación de ordenadores y periféricos de uso doméstico
- Reparación de equipos de comunicación y telefonía de uso
- Reparación de aparatos electrónicos de audio, fotografía y vídeo de uso doméstico
- Reparación de aparatos electrodomésticos y de equipos para el hogar y el jardín
- Reparación de relojes y joyería
- Reparación de otros efectos personales y artículos de uso doméstico
Quedan excluidas las modificaciones o la adaptación de prendas o artículos nuevos, la sustitución de piezas no esenciales y los consumibles. Tampoco están incluidas las reparaciones de maquinaria, componentes industriales, vehículos a motor o bicicletas; la venta de productos de segunda mano; las obras de reforma o reparaciones del hogar ni cualesquiera otras actuaciones no contempladas en las bases.
Otras características:
- Se establece un sistema de canje, a través del cual la ciudadanía podrá adquirir bonos-descuento de 10€ que se podrán canjear por cada 20€ de venta realizada en concepto de reparación. El registro de las operaciones se realizará por medio de una aplicación informática.
- Cada persona (mayor de 16 años con residencia en Bizkaia) podrá beneficiarse de un máximo de 5 bonos-descuento, que podrá canjear en uno o varios establecimientos. L@os client@s solicitarán los descuentos directamente en el establecimiento adherido.
- Los bonos se pondrán a disposición de l@s client@s del 9 de diciembre al 10 de marzo de 2025.
- En ningún caso se devolverá a la clientela dinero en metálico sobre la diferencia entre la compra y el valor del bono.
El establecimiento adherido debe: - Emitir y entregar la factura simplificada o ticket de compra a la clientela, en la que se tendrá que hacer constar la forma de pago, especificándose la parte de pago que se hace con el bono.
- Guardar una copia del ticket o factura justificativa, indicando el número del DNI y número de bonos canjeados en la compra. Dichos documentos deberán ser conservados hasta el momento en que puede ser objeto de comprobación y control.
- Además, deberá exponer en lugares visibles de establecimiento físico u otros canales digitales de difusión propios, el material publicitario de la campaña que le sea proporcionado.
Inscripción:
Si desea que su establecimiento participe en el programa desde la Asociación podemos tramitar su adhesión, para ello, necesitamos que nos haga llegar por correo electrónico (info@getxoenpresa.com) la siguiente documentación antes del 15/11/2024:
- Certificado de IAE
- Titularidad de cuenta bancaria
Plazo de adhesión:
Del 29 de octubre al 15 de noviembre