LIBRO DE VISITAS - Getxo Enpresa
LIBRO DE VISITAS
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, establecía la obligatoriedad de disponer de un Libro de Visitas en el Centro de Trabajo.
Desde el pasado 21 de julio, conforme establece el artículo 21.6 de la Ley 23/2015 Ordenadora del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, no es obligatorio disponer de este Libro de Visitas. Los funcionarios encargados de realizar las inspecciones deben extender diligencia escrita por medios telemáticos de cada actuación que realicen en el Centro de Trabajo.
Sin perjuicio de lo anterior, la normativa establece la obligación de conservar los libros de visitas que hayan dispuesto en la empresa.