Ayudas y Subvenciones para empresas
Informamos a los negocios que forman parte de la Asociación de aquellas ayudas y subvenciones de las que pueden ser beneficiarios, les prestamos asesoramiento especializado al respecto y realizamos los trámites de solicitud y de justificación correspondientes, así como seguimiento hasta la conclusión de los expedientes y abono de la subvención por parte de la Administración emisora.
Las ayudas y subvenciones que actualmente están vigentes son:
Contratación
AYUDAS A LA CONTRATACIÓN( CONTRATO RELEVO)
Beneficiarios/as: |
Autónom@s y PYMES que formalicen contratos de relevo, es decir, aquellos que se suscriben para sustituir a un@ trabajad@r que va a jubilarse de manera parcial. |
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Objeto subvencionable: |
-El contrato debe materializarse a jornada completa y por tiempo indefinido o de de duración determinada (siempre que conste un compromiso de conversión en indefinido), -La retribución anual bruta a percibir por contrato subvencionado ha de ser de al menos el Salario Mínimo Interprofesional. -El contrato deberá suscribirse con personas menores de 30 años o mayores de 45 años que estén en situación de desempleo y dados de alta en Lanbide desde al menos el día anterior a la fecha de inicio del contrato. |
Cuantía de ayuda: |
-8.400€ por cada contrato de relevo realizado. Esta cantidad se incrementará en un 10% si la persona relevista contratada es mujer. -No existe límite en cuanto al número de contratos subvencionables por autónomo@S o pymes. |
AYUDAS A LA CONTRATACIÓN (a jóvenes)
Beneficiarios/as: |
Autónom@s y PYMES que formalicen contratos con personas jóvenes (entre 16 y 30 años), en situación de desempleo, con posesión de una titulación (licenciatura/diplomatura/ciclo formativo grado superior o medio/certificado de profesionalidad) y con una experiencia laboral máxima de 6 meses en empleos relacionados con su titulación o certificado profesional. |
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Objeto subvencionable: |
-Los contratos deberán materializarse entre el 28/12/2024 y el 31/10/ 2025 a jornada completa o parcial (al menos el 70% de la jornada), indefinidos o formativos para la obtención de la práctica profesional de al menos 6 meses de duración. -La retribución anual bruta a percibir por contrato subvencionado ha de ser de al menos el Salario Mínimo Interprofesional y acorde al nivel de estudios de la persona contratada, -Los contratos deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla total existente en los 6 meses anteriores a la incorporación de la persona contratada. |
Cuantía de ayuda: |
Para contratos en prácticas inferiores a 12 meses, la cuantía será de hasta 5.300€ y de hasta 8.480€ para los que realicen con una duración superior a 1 año. -Para contratos indefinidos, la cuantía será de hasta 12.700€. -Las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 10% cuando los contratos se realicen con mujeres y se ajustarán en proporción a la jornada, cuando refieran a jornada parcial. -No existe límite en cuanto al número de contratos subvencionables por autónomo@S o pymes. |
Para fomentar la cultura
SUBVENCIÓN ARTES ESCÉNICAS, MÚSICA, LITERATURA Y ARTES PLÁSTICAS
Beneficiarios/as: |
Compañías profesionales de artes escénicas (teatro, danza, circo), grupos musicales, escritores, editores y artistas de la CAPV. |
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Objeto subvencionable: |
Fomentar la promoción, distribución y creación de obras en las áreas de artes escénicas, música, literatura y artes plásticas. - Gastos subvencionables: promoción, comercialización, internacionalización y distribución de los proyectos. (gastos de personal, viajes, gastos de formación, publicidad). |
Cuantía de ayuda: |
- Ayudas a las artes escénicas: máximo 12.000€ o que no supere el 75% del presupuesto del proyecto aprobado. - Ayudas a la música: 75% del presupuesto. - Ayudas a la literatura: máximo 5.000€ en caso de editoriales, máximo 3.000€ a l@s creadores, en ningún caso que supere el 75% del presupuesto del plan aprobado. - Ayuda a las artes plásticas: 75% de los costes admitidos, máximo 12.000€. |
Para implantar nuevas tecnologías
SUBVENCIÓN PARA NUEVAS TECNOLOGÍAS
Beneficiarios/as: |
Autónom@s y PYMES que cuenten con al menos 6 meses de antiguedad. |
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Objeto subvencionable: |
Bono para emplear en una o varias de las siguientes soluciones digitalizadoras que habrá/n de implantarse en el negocio mediante consultores homologados por el programa, cuya relación se encuentra disponible en: www.acelerapyme.gob.es - Sitio Web y Presencia en Internet: hasta 5.000€ del bono (exclusivo para segmentos I,II y III). - Comercio electrónico: hasta 5.000€ del bono. - Gestión de Redes Sociales: hasta 5.000€ del bono. - Gestión de clientes: hasta 10.000€ del bono. - Business Intelligence y Analítica: hasta 7.000€ del bono. - Gestión de procesos: hasta 15.000€ del bono. - Factura Electrónica: hasta 3.000€ del bono. - Servicios de Oficina Virtual: hasta 250€ por usuari@ del bono. - Comunicaciones seguras: hasta 125€ por usuari@ del bono. - Ciberseguridad: hasta 125€ por dispositivo. - Presencia avanzada en Internet: hasta 5.000€ del bono. - Puesto de trabajo seguro, compra de PC y mantenimiento: (exclusivo para segmento III) hasta 1.000€ del bono. - Gestión client@s con IA (exclusivo para segmento IV): hasta 18.000€ del bono. - Business Intelligence y analítica con IA (exclusivo para segmento IV): hasta 8.000€ del bono. - Gestión de procesos con IA (exclusivo para segmento IV): hasta 16.000€ del bono. |
Cuantía de ayuda: |
En función del nº de trabajadores/as con los que cuente el negocio, la cuantía del bono será: - Segmento I (entre 10 y 50 emplead@s): 12.000€ - Segmento II (entre 3 y 10 emplead@s): 6.000€ - Segmento III (menos de 3 emplead@s): 3.000€* (Aquell@s que hubieran solicitado previamente el importe del bono o bien, hayan hecho uso del mismo por importe de 2.000€, pueden beneficiarse de la cantidad de 1.000€ adicionales.) - Segmento IV ( entre 50 y 100 emplead@s): 25.000€ |
Para la innovación
SUBVENCIÓN PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD
Beneficiarios/as: |
Beneficiari@s: Pymes ubicadas en Bizkaia que cuenten con una plantilla de entre 5 y 10 trabajador@s cuyo CNAE corresponda a: Las secciones B, C, D, E, F (exc. 41.1), G (exc. 47), H, I (exc. 56.3), J, M, N (exc. 80), Q (exc. 87,88), R (exc. 90,91,93.2) y S (exc. 95). |
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Objeto subvencionable: |
Objeto de subvención: - Contratación de consultor@s externos para realizar un proyecto de mejora de gestión referido a al menos uno de los siguientes ámbitos: estrategia (disponer de información estratégica y realizar procesos de participación), cliente (proyectos que fomenten la relación con l@s client@s y mejoren la eficiencia de la cadena de valor), personas (mejora del proceso de selección, retribución y desarrollo de competencias de l@s emplead@s), innovación (gestión de ideas), sociedad (sostenibilidad ambiental) y resultados (mecanismos de medición de resultados). - Para optar a esta ayuda se precisa disponer del Contraste Inicial de Gestión, realizado con Euskalit antes del 31 de julio de 2024. - Los proyectos subvencionados deberán iniciarse y finalizarse en el período comprendido entre el 1 de enero de 2.024 y el 1 de octubre de 2.025. |
Cuantía de ayuda: |
Cuantía de la ayuda: Hasta un 60% del gasto neto realizado, con un máximo de 7.200€ por proyecto. Cada empresa puede presentar una solicitud y un proyecto a esta subvención. |
Para mantener la actividad
Entidad: |
Gobierno Vasco - Cultura y Política Lingüística |
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Beneficiarios/as: |
Empresas y autónom@s que pertenecen al sector del deporte dadas de alta en el IAE con anterioridad al 14 de marzo de 2020 y cuya facturación en 2021 haya sufrido una reducción igual o superior al 20% respecto a la de 2019. Su CNAE deberá ser uno de los siguientes: - 8551: Educación Deportiva - 9311: Gestión instalaciones deportivas - 9313: Actividades de los gimnasios - 9319: Otras actividades deportivas |
Objeto subvencionable: |
Empresas y personas profesionales autónomas del sector del deporte que, debido a la reducción de ingresos derivada de la crisis provocada por la pandemia del COVID-19, hayan visto comprometida la continuidad de su actividad profesional para el año 2022. |
Cuantía de ayuda: |
Subvención de hasta el 70% de la diferencia de facturación entre los años 2021 y 2019, con un máximo de 20.000€ por entidad o autónom@. Solo se podrá presentar un solicitud por empresa o autónom@. |
Documentación: |
Documentación:
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Para mejorar en eficiencia energética
AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS E INFRAESTRUCTURAS
Beneficiarios/as: |
Autónomos y Pymes con domicilio fiscal en la CAPV. |
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Objeto subvencionable: |
-Adquisición de vehículos nuevos de energías alternativas (turismos, autobuses, furgonetas, motocicletas, etc. de categoría M1, N1, L3e, L4e, L5e,L6e, L7e o vehículos eléctricos) cuyas fechas de matriculación y pago de vehículo sean desde abril de 2021. -Sistemas de recarga de vehículos eléctricos y su preinstalación o instalación en la comunidad de propietarios en régimen de propiedad desde el pasado abril de 2021. |
Cuantía de ayuda: |
-Entre 750€ y 7.000€ por vehículo adquirido, según categoria, tipo de motor, autonomía y peso. -Cada autónomo o pyme puede optar a un máximo de 50 vehículos subvencionados. -En el caso de los sistemas de recarga, hasta un 40 % del presupuesto total del régimen de que se trate. |
Si está interesado/a en que le informemos o tramitemos ayudas y subvenciones para su negocio, cumplimente el siguiente formulario: